sábado, 5 de octubre de 2013

Modelo para solicitar a la Defensora del Pueblo que asegure el cumplimiento de la legalidad vigente en la contratación de docentes en la Comunidad de Madrid

La FREM CC.OO. nos envía este modelo de denuncia individual a la Defensora del Pueblo


D………………………..con DNI……………………y domicilio a efectos de notificación en………………………………….como mejor proceda en Derecho,  ANTE ESTA INSTITUCION DICE:

Entendemos que las actuaciones que vamos a relatar vulneran  principios fundamentales contenidos en el articulado de nuestra Carta Magna:
El 9.3: De garantía del principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
El 14: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
El 23.2: Derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.
El 103.1: La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
Y
103.3: La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.

HECHOS

Habiendo trabajado para las Administraciones Educativas,   como  maestro/a  interino/a durante...........en la especialidad/es ………………………………………………… demostrando mi competencia y capacidad y adquiriendo méritos de experiencia y formación, ahora la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid decide, sorpresivamente y saltándose acuerdos y normartiva básica, no considerarme habilitado para el desempeño de la docencia en mi especialidad. Esto es así a pesar de ser citado/a, en mi número de orden en las listas de aspirantes a interinidades, por RRHH de la Consejería de Educación para ocupar una plaza.

En la nueva normativa de regulación de listas de interinidad, impuesta unilateralmente por la Consejería de Educación incumpliendo ilegalmente el Acuerdo Sectorial de octubre del 2006 firmado con  las Organizaciones Sindicales de la Mesa Sectorial de Educación, se han modificado los requisitos de pertenencia a las listas y el baremo de ordenación de las mismas. Pero, lo que es aún más grave, es que se ha eliminado la habilitación por experiencia para ser contratado y desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, que antes fijaba el  Acuerdo Sectorial en dos cursos de trabajo docente por una especialidad.

A esto hay que añadir que no se tienen en cuenta las titulaciones anteriormente válidas para la habilitación, cursadas en universidades públicas y que la propia Administración impulsó a realizar en su momento.

La Administración no procederá a mi contratación y, además, según la nueva normativa se me excluirá de la lista de interinidades sin posibilidad de ser contratado/a a pesar de realizar una nueva titulación en el futuro.

Ya es inadmisible que el criterio de haber prestado servicios anteriormente como docente en centros públicos no se contemple a la hora de estar incluido en las listas de aspirantes a interinidad, pero es aún más contrario a derecho este cambio unilateral de las condiciones de habilitación para trabajar como interino/a una vez sea llamado/a por orden de lista. Debería volverse a incluir entre las condiciones para la habilitación que haber trabajado por una especialidad sea condición suficiente para poder volver a ser contratado en el momento de ser citado por orden de lista, tal y como estaba establecido en el Acuerdo Sectorial hasta la promulgación del Decreto 42/2013 del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid y las normativas que lo desarrollan.

Las condiciones del citado Acuerdo Sectorial de 26 de octubre de 2006 deberían seguir en vigor, tal y como establece su artículo 4, hasta que se alcance uno nuevo, no admitiéndose la denuncia del mismo por ninguna de las partes ni su anulación por Decreto o normativa unilateral de la Administración.

Esta situación atenta contra los principios de igualdad, merito, capacidad y publicidad contenidos en la Constitución Española y en el Estatuto Básico del Empleado Público, que aquí se están menospreciando, desestimando o anulando. Asimismo, ignora el criterio del Tribunal Constitucional en cuanto a la valoración de la experiencia y supone un agravio comparativo con los aspirantes a interinidad de otras Administraciones y CCAA.


Por todo lo anterior,

SOLICITA  A ESTA DEFENSORA DEL PUEBLO, requiera a la Consejera de Educación de la Comunidad de Madrid, cumpla la legalidad vigente, evitando la indefensión y el atentado a los derechos de todos los aspirantes a ocupar puestos docentes que nos encontramos en esta situación, y se nos permita seguir ejerciendo nuestra profesión en igualdad de oportunidades, después de …. años trabajando como docente con capacidad y vocación.
  


En Madrid a 1 de octubre de 2013


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